La factura electrónica obligatoria y el sistema Verifactu son obligatorios en España a partir del 1 de enero de 2027 para sociedades y del 1 de julio de 2027 para autónomos, según el Real Decreto-ley 15/2025 publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025. Incumplir esta normativa puede suponer sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio fiscal. Esta guía detalla qué es Verifactu, a quién afecta, qué requisitos técnicos exige y cómo preparar tu empresa a tiempo.
Qué es la factura electrónica obligatoria
La factura electrónica obligatoria es la medida impulsada por el Gobierno de España que exige a empresas y autónomos emitir y recibir facturas en formato digital estructurado. Se enmarca en dos leyes complementarias:
- Ley Crea y Crece (18/2022): obliga a la facturación electrónica en operaciones B2B entre empresas y profesionales.
- Ley Antifraude (11/2021): crea el marco regulatorio para el sistema Verifactu y los requisitos técnicos del software de facturación.
El objetivo es eliminar definitivamente la factura en papel y el PDF no estructurado, forzando la adopción de formatos digitales trazables que la Agencia Tributaria pueda verificar de forma automática.
Qué es Verifactu
Verifactu es el sistema de verificación de facturas impulsado por la AEAT, desarrollado mediante el Real Decreto 1007/2023 y la Orden Ministerial HAC/1177/2024. Su función es garantizar que cada factura emitida con software sea inalterable, trazable y verificable por Hacienda en tiempo real.
Cada factura debe cumplir cuatro requisitos técnicos obligatorios:
- Registro único con huella electrónica (hash): no puede borrarse ni modificarse una vez creado.
- Código QR verificable: enlaza a la Sede Electrónica de la AEAT para cotejar la autenticidad.
- Leyenda obligatoria: “Fac. verificable en la Sede Electrónica de la AEAT” o “VERIFACTU”.
- Envío opcional en tiempo real a la AEAT: si se elige el modo Verifactu, los registros se remiten automáticamente; si no, el software debe conservarlos bajo un régimen más exigente.
Cabe aclarar un matiz importante: el Reglamento Verifactu es obligatorio para todos; lo que es opcional es usar la plataforma gratuita de la AEAT (modo Verifactu) frente a un Sistema Informático de Facturación (SIF) privado certificado.
Verifactu: calendario de entrada en vigor
Tras el Real Decreto-ley 15/2025 (BOE, 3 de diciembre de 2025), las fechas definitivas son:
| Sujeto obligado | Fecha límite | Normativa de referencia |
| Desarrolladores de software de facturación | 29 de julio de 2025 (ya vigente) | Orden HAC/1177/2024 |
| Sociedades — Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 | RD-ley 15/2025 / RD 1007/2023 |
| Autónomos y resto de personas físicas | 1 de julio de 2027 | RD-ley 15/2025 / RD 1007/2023 |
| Nuevas altas (a partir de esas fechas) | Desde el primer día de actividad | RD 1007/2023 |
2026 funciona como año de transición: el sistema ya está operativo en la Sede Electrónica de la AEAT desde el 23 de abril de 2025, y cualquier empresa puede adoptarlo voluntariamente con ventaja: quien entra voluntariamente no puede abandonar el sistema y esperar a su fecha obligatoria.
¿Verifactu es obligatorio para todas las empresas?
No para todas. La norma distingue entre obligados e incluidos:
| Estado | Sujetos | Motivo |
| Obligados | Pymes, autónomos y sociedades que usen software de facturación | RD 1007/2023 |
| Excluidos | Grandes empresas sujetas al SII (>6 M€ facturación) | Ya envían registros en tiempo real a la AEAT |
| Excluidos | Empresas de País Vasco y Navarra (régimen foral) | Sistema TicketBAI / normativa propia |
| Incluidos con matices | Canarias (IGIC) y Ceuta/Melilla (IPSI) | Norma aplicable con adaptaciones |
Tampoco afecta a autónomos en módulos ni en recargo de equivalencia, según el RD 1007/2023.
Sanciones por incumplimiento
Las sanciones entrarán en vigor junto con la obligación, pero la AEAT ya ha establecido el régimen sancionador:
- 50.000 € por ejercicio fiscal: uso o tenencia de software no certificado o que permita manipulación de datos.
- 1.000 € por factura: emisión de facturas sin código QR o sin la leyenda obligatoria.
- Entre 1.000 y 100.000 €: omisión, alteración o destrucción de registros de facturación.
- Hasta 150.000 €: para fabricantes o proveedores de software no adaptado a la normativa.
La recomendación general es no esperar al último trimestre de 2026. Adaptar el software antes de las fechas límite elimina cualquier exposición al riesgo.
Impacto operativo: más allá del cumplimiento fiscal
Verifactu no es solo una obligación: es un catalizador de modernización administrativa. Muchas empresas descubren al prepararse que tienen procesos manuales críticos que frenan la integración:
- Albaranes y pedidos en papel: sin digitalización, imposible conectar con el software de facturación.
- Contratos y justificantes dispersos: la trazabilidad documental exigida por Verifactu requiere un único repositorio centralizado.
- ERPs desconectados: la factura electrónica debe fluir desde el pedido hasta la contabilización sin intervención manual.
En este contexto, la automatización documental se convierte en el paso previo necesario para que la implementación de Verifactu sea fluida y sostenible.
4 pasos para preparar tu empresa a Verifactu
- Audita tu software de facturación actual. Verifica si está homologado por la AEAT o si el proveedor tiene plan de adaptación confirmado. Desde el 29 de julio de 2025 los fabricantes ya deben tener versiones compatibles.
- Mapea tus procesos documentales. Identifica dónde se generan, almacenan y validan facturas, albaranes y documentos asociados. Los cuellos de botella manuales son el primer obstáculo.
- Integra facturación, ERP y gestión documental. El flujo debe ser continuo: del pedido a la factura electrónica, sin ruptura de trazabilidad.
- Automatiza la captura y validación de documentos. Soluciones que combinan OCR, RPA e IA permiten digitalizar documentos de entrada, extraer datos clave y validarlos contra los sistemas internos antes de emitir la factura.
Cómo OCRE te prepara para la factura electrónica obligatoria
La llegada de Verifactu obliga a revisar toda la cadena documental, no solo el software de facturación. OCRE combina OCR, RPA e Inteligencia Artificial para digitalizar automáticamente los documentos que preceden y acompañan a la factura: albaranes, pedidos, contratos y justificantes administrativos.
Con OCRE, tu empresa puede:
- Digitalizar documentos en volumen y conectarlos directamente con el ERP.
- Extraer y validar datos automáticamente, eliminando la reentrada manual.
- Centralizar el archivo documental en un único repositorio con trazabilidad completa.
- Reducir errores y tiempos operativos antes de que llegue la factura al sistema de emisioón.
Descubre cómo OCRE automatiza tu gestión documental y te prepara para Verifactu sin interrumpir tus operaciones.
Preguntas frecuentes sobre Verifactu y la factura electrónica obligatoria
¿Qué diferencia hay entre Verifactu y la factura electrónica obligatoria?
Son normativas complementarias pero distintas. La factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece) regula el formato de las facturas en operaciones B2B. Verifactu (Ley Antifraude / RD 1007/2023) regula los requisitos técnicos del software que las genera: inalterabilidad, trazabilidad y código QR verificable.
¿Cuándo es obligatorio Verifactu exactamente?
El 1 de enero de 2027 para sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades, y el 1 de julio de 2027 para autónomos y resto de personas físicas. Fuente: Real Decreto-ley 15/2025 (BOE, 3 de diciembre de 2025).
¿Puedo seguir usando Excel o Word para emitir facturas?
No, a partir de las fechas de entrada en vigor. Excel y Word no pueden garantizar la inalterabilidad de los registros, la trazabilidad ni la inclusión automática del código QR obligatorio. El software debe estar certificado conforme al RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024.
¿Qué pasa si mi empresa ya está en el SII?
Las empresas sujetas al Suministro Inmediato de Información (SII) (generalmente con facturación superior a 6 M€) están excluidas de la obligación de Verifactu, ya que sus registros de facturación ya se envían en tiempo real a la AEAT.
Fuentes y normativa de referencia
- Real Decreto-ley 15/2025 — BOE 3 de diciembre de 2025 (plazos definitivos)
- Real Decreto 1007/2023 — Reglamento Verifactu
- Orden HAC/1177/2024 — Especificaciones técnicas de los sistemas informáticos de facturación
- Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (Ley Antifraude)
- Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece)
- AEAT — Sede Electrónica: Servicio Verifactu (activo desde el 23 de abril de 2025)